El Consejo de Estado «frena» al alcalde Tunja y acelera una decisión que podría destituirlo de su cargo
– Ojo critico
marzo 2, 2026
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propio El Consejo de Estado afirmó que el proceso de nulidad electoral en segunda instancia contra el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnovse retrasó injustificadamente, sugiriendo incluso que estas
propio El Consejo de Estado afirmó que el proceso de nulidad electoral en segunda instancia contra el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnovse retrasó injustificadamente, sugiriendo incluso que estas actividades estaban permitidas en virtud de la Sección Uno.
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La declaratoria la realiza la Sección Tercera, tutelar los derechos fundamentales a las garantías judiciales y acceso a la justicia del Grupo de Asesorías y Representación Jurídica Legal de Colombia SAS, señalando que desde que fueron concedidos los recursos de apelación contra la sentencia que invalidó las elecciones, ocho meses sin avances hacia una decisión final, en medio de una serie de quejas, revocaciones y pedidos de aclaraciones que prolongaron injustificadamente el proceso.
El alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, enfrenta un proceso de invalidación de elecciones. Foto:oficina del alcalde tunja
La elección del ruso Krasnov como alcalde de Tunja (período 2024-2027) fue invalidada el 27 de febrero de 2025 por el Tribunal Administrativo de Boyacá.pero en segunda instancia ante la Sección Quinta, e incluso contra la Sección Primera del Consejo de Estado, el presidente presentó al menos cuatro denuncias contra jueces, tres casos de nulidad y varias solicitudes de explicaciones y correccionesalgunos incluso de una manera que parece inédita, directamente, es decir, él mismo, explicando también que es economista, extranjero y que no conoce la ley colombiana, y que lo hizo porque no tenía representante judicial.
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De conformidad con la decisión de la Cámara de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, varias de estas acciones ya han sido advertidas como inapropiadas o retrasadaspero sin embargo continuó generando suspensiones y procedimientos internos en la Sección Primera del Consejo de Estado, en relación con los cuales, entre otras cosas, ordenó enviar copia a la Sección Boyacá de la Comisión de Disciplina Judicial a los efectos de evaluar la conducta profesional de los abogados pertinentes que, como representantes del Presidente Tunja, firmaron las referidas denuncias.
Aparte de, ordenó a la Sección Primera considerar las demandas pendientes en el plazo de cinco días y remitir inmediatamente los expedientes a la Sección Quinta para que el proceso de segunda instancia pueda continuar.
Mikhail Krasnov, alcalde de Tunya. Foto:oficina del alcalde tunja
«La sentencia dejó claro que se permitieron actuaciones inadecuadas y lentas y que no se adoptaron medidas efectivas para asegurar la celeridad y el orden procesal. Por tanto La Corte Suprema ordenó a la Sección Primera del Consejo de Estado activar facultades correctivas, rechazar acciones manifiestamente dilatorias y enviar inmediatamente los expedientes a la autoridad competente.es decir, a la Sección Quinta del Consejo de Estado”, explicó Marco Antonio Palma Luna, abogado del demandante.
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Con pleno respeto a la independencia judicial, añade el abogado, llamando pública y respetuosamente que se respete plenamente el marco procesal de conformidad con la protección constitucional otorgada en la orden de tutela y para evitar nuevas violaciones al debido proceso por acción u omisión y por medios de facto. y acceso a la justicia.
«El cumplimiento de las decisiones judiciales no es opcional. Es una obligación constitucional y una importante garantía de seguridad jurídica y confianza de los ciudadanos. Defender la rápida y eficaz administración de justicia significa preservar el orden constitucional en materia democrática», enfatizó la abogada Palma Luna.
Lo que decidió el Tribunal
Un fallo de 14 páginas con presentación del juez Alberto Montaña Plata, actual presidente del Consejo de Estado, Así fue discutido y aprobado en una reunión de la Sala, donde también decidieron los jueces Diego Enrique Franco Victoria y Fredy Ibarra Martínez.
Primero: protección de los derechos fundamentales a las garantías judiciales y acceso a la justicia del Grupo de Asesorías y Representación Jurídica Legal de Colombia SAS por las razones expuestas en esta Sentencia.
El ruso Mikhail Krasnov, alcalde de Tunja. Foto:oficina del alcalde tunja
Segundo: ordenar a Mikhail Krasnov que se abstenga de presentar solicitudes, apelaciones y/o anulaciones destinadas a retrasar las etapas del proceso de anulación proceso electoral, so pena de rechazo total por parte de la autoridad judicial competente.
Tercero: enviar copia de este proceso a la Sección Judicial de la Comisión Disciplinaria de Boyacá para obtener su competencia.
Cuarto: ordenar a la Sección Primera del Consejo de Estado activar sus facultades correctivas y sancionadoras de conformidad con el art. 295 CPACA, sujeto a manteniendo las garantías del debido proceso, y rechazando categóricamente las mociones, apelaciones o revocaciones indebidas, frívolas, extemporáneas o imprudentes por razones expresadas.
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Quinto: ordenar a la Sección Primera del Consejo de Estado considerar el recurso de nulidad pendiente y la solicitud de aclaración y/o subsanación dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta sentencia y de la adopción y notificación de estas decisionesremitir inmediatamente el proceso de nulidad electoral al apartado cinco.
Sexto: notificar a las partes esta decisión a la mayor brevedad posible (artículo 30 del Decreto 2591 de 1991) enviándoles una copia de la decisión adoptada y advirtiéndoles que para presentar un recurso y/o solicitud contra la misma deben ponerse en contacto con elladentro del plazo legal, a la dirección de correo electrónico facilitada al efecto por la Secretaría General.
Una captura de pantalla de la audiencia del alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov. Foto:Tomado del público
Séptimo: de no apelarse este fallo, la Secretaría enviará los expedientes al Tribunal Constitucional para su posible revisión.
Mikhail Krasnov admitió que él mismo lo fundó. defenderte con los datos de Google
“Antes de pasar a consideraciones de fondo, advierto a los jueces que NO tengo la condición de abogado, por lo que las referencias normativas y jurisprudenciales contenidas en este documento se basan en información disponible a través del buscador Google, lo que empeora mi incierto conocimiento del idioma español”, advirtió Krasnov en octubre del año pasado, aunque según la ley Sólo un abogado puede presentar una denuncia.
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De hecho, ya lo habían negado, incluso con una advertencia a él y a su abogado, por lo que aparentemente su defensa no se arriesgó a poner su nombre en este documento, sabiendo las sanciones que enfrentaban.
En escrito de 27 de octubre de 2025 dirigido a la jueza Nubia Margoth Peña Garzón, como Presidenta de la Sección Primera de la Cámara de Soluciones Administrativas del Consejo de Estado, los magistrados Gloria María Gómez Montoya, Luis Alberto Álvarez Parra, Omar Joaquín Barreto Suárez y Pedro Pablo Vanegas Gil, como miembros de la Sección Quinta del mismo tribunal, alzaron una voz de protesta por insistir en la objeción formulada por los imputados.
Mikhail Krasnov, alcalde de Tunja (Boyacá) durante la inauguración. Foto:Jecid Medina Alfonso. TIEMPO
Demanda para invalidar la elección de Mikhail Krasnov
«Declaración de nulidad del acta de elección del señor Mikhail Krasnov como alcalde del municipio de Tunja, contenida en el formulario E – 26 ALC de 3 de noviembre de 2024.de conformidad con lo dispuesto en la parte motivacional de esta sentencia y ordenó la cancelación del poder, formulario E – 27, en el que se expresaba que el imputado era elegido alcalde del municipio de Tunja para el período constitucional 2024 – 2027.
Este es el resumen de la sentencia de 51 páginas de 27 de febrero de 2013. por la Sala de Doble Sentencia No. 2 del Tribunal Administrativo de Boyacá, que en primera instancia invalidó la elección del presidente de la capital de Boyacá. Sin embargo, recurrió al Consejo de Estado, que se espera que pronto tome una decisión final.
El alcalde de Tunya, Mikhail Krasnov, está en proceso de revocación de su mandato. Foto:oficina del alcalde tunja
Aunque la solicitud de invalidación de las elecciones se presentó 25 días después de la elección de un ciudadano ruso, es decir, el 23 de noviembre de 2023, no fue aceptada hasta el 6 de junio de 2024 y por orden del Consejo de Estado. Falló a favor del recurso interpuesto por los demandantes y ordenó al Tribunal Administrativo de Boyacá acoger y considerar el debido proceso, lo cual fue rechazado por uno de sus jueces.
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El responsable de la demanda, sobre la cual el presidente dio explicaciones antes de asumir el cargo, es el Grupo de Asesoría y Representación Legal de SAS (Grupo Colombia SAS). Logró convencer al tribunal de Boyacá de que Krasnov había sido privado de su función en relación con la celebración de un contrato con la Universidad de Ciencias Pedagógicas y Tecnológicas de Colombia (UPTC) y el desempeño de la materia del contrato en Tunja como profesor de idiomas durante el año anterior a su inscripción como candidato a la alcaldía de esa ciudad.
La defensa del alcalde
En su defensa, Mikhail Krasnov intentó argumentar que la Universidad de Pedagogía y Tecnología de Colombia es una entidad apolítica y que su contrato de servicios firmado con la UPTC cubría las horas de cátedra previstas en el art. 73 de la Ley N° 30 de 1992, que establece que los profesores no son empleados o funcionarios del sector público.
Mikhail Krasnov, alcalde de Tunya. Foto:oficina del alcalde tunja
«Mikhail Krasnov firmó un acuerdo para la prestación de servicios en el ámbito del horario lectivo para el período comprendido entre el 6 y 22 de diciembre y el 30 y 22 de diciembre y de conformidad con el siguiente tema: maestría profesional en servicios económicos en el campo de la revisión documental y formación en redacción científica en inglés y alemándirigido a estudiantes del núcleo del grupo de investigación Soecol, que opera en el centro de investigación y desarrollo CENES de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de Tunja», argumentó entonces el abogado del alcalde ante el Consejo de Estado.
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Según él, Ni el demandante ni la jurisprudencia demostraron qué desequilibrio en la competencia electoral resultó de la firma del contrato de prestación de servicios profesionales. como docente por 25 días, cuyo valor fue de 8.129.040 pesos, máxime si el objeto del contrato era capacitación en revisión documental y redacción de artículos científicos en inglés y alemán.
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