El Tribunal del Meta dio 48 horas al Consejo Nacional Electoral (CNE) para pronunciarse sobre el presunto desalojo electoral masivo en Guaviare
– Ojo critico
marzo 4, 2026
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Tribunal Administrativo en Meta ha emitido un fallo contundente contra lo que surge como supuesta Fraude a favor de lugares de paz en el departamento del Guaviare. La
Tribunal Administrativo en Meta ha emitido un fallo contundente contra lo que surge como supuesta Fraude a favor de lugares de paz en el departamento del Guaviare.
La decisión de custodia, conocida en las últimas horas, protege integralmente los derechos fundamentales de la Asociación Red de Mujeres Rurales Vereda la Y (ASOYERURAL) quienes actualmente consideran que su representación política se ve amenazada por: una supuesta operación de pastoreo masivo.
La asociación denuncia el aumento del número de electores en las zonas rurales hasta el 1.540% debido a un presunto fraude electoral.
El caso más preocupante se registró en Agua Bonita (San José), donde el censo aumentó de 170 empadronados en 2022 a 2.789 en 2026. Un fenómeno similar ocurre en Tierra Alta (El Retorno), donde el número de electores aumentó de 268 a 743 en el mismo período.
Transhumanismo electoral. Foto:archivo privado
Este fallo no sólo reconoce la violación al debido proceso y a la igualdad, sino que establece un mandato imperativo 48 horas para que el Consejo Nacional Electoral (CNE) resuelva el complejo entramado de registros irregulares en el Distrito Especial de Transición Paz número 7 (CITREP 7).
Los puntos críticos identificados por la justicia como posibles escenarios de fraude incluyen las sedes de IE Agua Bonita en Santo Domingo y Rafael Pombo, IE Puerto Arturo, y sectores como San Isidro Uno y Cerritos.
Leer y descargar el fallo
El fallo también ordena al Registro Nacional seguir la decisión del CNE y publicar la decisión de forma transparente para que el electorado sepa quién Serían eliminados del censo.
La Fiscalía General está asignada tarea del verificador oficial. El ministerio público deberá garantizar que la CNE y el Registro cumplan con los requisitos establecidos en limpieza del censo en Guaviare antes de la apertura de las urnas.
«… fue la pasividad del CNE en el ejercicio de sus competencias, consistente en no definir oportunamente el procedimiento para el registro de documentos de identidad previsto por él, lo que generó una situación que la Sala debió resolver», se lee en uno de los fragmentos de la sentencia.
La denuncia planteaba, entre otras cosas, presunto traslado masivo de funcionarios del gobierno del Guaviare, de la empresa energética Energuaviare y de los alcaldes de San José, El Retorno y Calamar hacia los colegios electorales rurales para registrar las cédulas de identidad.
Dos días para decidir
Así lucen las oficinas del CNE Foto:bien
El juez relator Carlos Enrique Ardila indicó que el CNE tiene un máximo de dos días para emitir una decisión de fondo sobre los procedimientos administrativos iniciados desde octubre de 2025.
La Justicia advierte que la proximidad de las elecciones previstas para el 8 de marzo no puede ser excusa para la pasividad o el silencio administrativo.
Incluso si los términos legales de la Resolución 7671 de 2021 exceden el plazo electoral, el Tribunal ordenará la inmediata finalización del trámite y publicación. Esta es una orden intenta impedir la posibilidad de combinar escaños por posibles votos falsos que de conformidad con el derecho constitucional pertenece exclusivamente a las víctimas del conflicto.
Asociación de mujeres Dirigen a contratistas y funcionarios trasladar el censo urbano a zonas ruralesdistorsionar la naturaleza de los Clubes de Paz, creados únicamente para dar voz a las víctimas de los conflictos armados, y no a las máquinas políticas tradicionales.
«Formaron largas colas en los colegios electorales rurales cercanos para registrar descaradamente sus documentos de identidad (…) y así favorecer al candidato», se lee en uno de los fragmentos de la denuncia ciudadana, que sirve de base al veredicto del tribunal de hoy.
La lucha por la legitimidad de CITREP 7
Este caso legal, liderado por mujeres rurales, arroja luz sobre la fragilidad de los distritos electorales especiales.
Si la sentencia no es apelada, es decir los expedientes serán enviados directamente al Tribunal Constitucional para su consideración.
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La trashumancia electoral, mejor conocida como “cambio de voto”, es un delito en Colombia que socava la representatividad.
En el caso de CITREP, el daño es doble: no sólo se engañó al sistema electoral, sino que también Una vez más se convierte en víctima de quienes han esperado décadas por su propio escaño en el Congreso.
En las calles de San José del Guaviare y El Retorno se vive una carrera contrarreloj para limpiar las elecciones, que se desarrollan bajo la sombra de la sospecha en las primeras horas de democracia.