El 21 de noviembre, el Tercer Delegado de la Fiscalía de Contrataciones del Estado presentó denuncia contra el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, en relación con presuntas irregularidades relacionadas con la emisión del Decreto N° 412 de 2023, que modificaría el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad con el fin de cambiar el uso del suelo del mega lote “Aguas Vivas”, en el que se acusa al expresidente y será imputado exactamente 15:00 horas por la Fiscalía General.
Los alegatos presentados por el Ministerio Público incluyen a Jasbleidy Pirazán García, exdirectora del Departamento de Planeación Administrativa; Mauricio Valencia Escobar, exsecretario de Desarrollo Económico; Juan David Agudelo Restrepo, exsecretario de Educación; Rivier Hernando Gómez Cuevas, exsecretario de Innovación Digital, y Fabio Andrés García Trujillo, exsecretario general.
En el documento, la Fiscalía General señala que Quintero habría firmado el Decreto N° 412 de 2023 en contra del interés público y con el evidente objetivo de favorecer intereses ajenos. La firma de este documento supondría que el exalcalde se excediera en sus facultades reglamentarias.
Luego de analizar las pruebas presentadas sobre la conducta del exalcalde y sus subordinados, la unidad de control decidió formular los cargos en términos de fraude y calificarlos temporalmente como faltas muy graves.
Respecto a la investigación contra el exalcalde, un documento de la Fiscalía General señala: “Al parecer, el entonces alcalde violó materialmente sus deberes oficiales al incluir los artículos 32, 33 y 36 en el Decreto N° 412 de 2023, por el cual se reglamenta el Valle del Software como un programa de ciencia, tecnología e innovación, y se imponen otras normas que exceden sus facultades regulatorias al otorgar uso urbano a un área definida por el POT como Espacio Público Diseñado, permitiendo la interferencia urbana en áreas catalogadas como protegidas. áreas y estableciendo usos que, de conformidad con el Acuerdo No. 48 de 2014, están prohibidos en relación con el desarrollo urbano previsto para el Ecoparque Las Palmas.
Luego, al formular los alegatos, la Fiscalía General manifestó: «Con la firma del acto administrativo antes mencionado, de acuerdo con el análisis jurídico y técnico realizado por la Fiscalía en el ámbito de los artículos 32, 33 y 36, se constató que su contenido va más allá del ejercicio de la facultad reglamentaria y está en clara contradicción con lo dispuesto en el Acuerdo No. y tasa de población, otorgando facultades que no han sido otorgadas a la unidad poviat.
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